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La UAFE presentó acusación particular en el caso de Eddy S. y algunos miembros de su familia

La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), presentó acusación particular en la causa penal contra EDDY S., ADRIANA C., ADRIANA S., CRISTINA S.; y JORGE S., acusados del presunto delito de lavado de activos. La diligencia se efectuó en la Corte Provincial de Pichincha.

 

La mencionada causa penal se deriva del Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas de la UAFE, a través del cual la Fiscalía General del Estado inició una investigación previa en base a todos los elementos recabados por la Unidad, que permitieron la presunción de actividades de  lavado de activos.

 

El pasado  28 de junio del 2018 la Fiscalía resolvió dar inició a la etapa de Instrucción Fiscal a los mencionados señores, luego de que su etapa investigativa iniciara en el año 2010 y finalizara en el año 2017.

 

En el ROII remitido por la UAFE se evidenció que Eddy S., su esposa Adriana C. y miembros de su familia habrían recibido en sus cuentas bancarias  altas sumas de dinero de manera inusual e injustificada cuyo hecho llevó a las autoridades de la entidad bancaria, a cerrar dichas cuentas por no haber justificado estos ingresos.

 

Del mismo modo, en el ROII se  registró la adquisición y traspasos de varias propiedades a nombre de sus hijos mayores de edad, que en el caso de las hijas del matrimonio, no se encontraban en relación de dependencia alguna, ni trabajo fijo que respalde dichas transferencias de inmuebles.

 

Se verificó además, que en el caso del hijo mayor, Jorge S., el Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas, determinó que éste percibía un salario de aproximadamente, $2.400 dólares; y que adquirió un bien inmueble que superaba los $100.000 dólares.

 

José S., era inversionista de una compañía de comida rápida, constituida el 04 de Marzo del 2016 en el Distrito Metropolitano de Quito, que registraba depósitos en efectivo por $491.374,00 dólares.

 

Finalmente, se registró que las cinco personas antes mencionadas y actualmente procesadas poseen ingresos no justificados e inusuales, así como bienes muebles e inmuebles y vehículos de alta y mediana gama.

 

El objetivo de la acusación particular es coadyuvar con la Fiscalía en la petición y práctica de prueba para demostrar tanto la existencia material del delito; cuanto la responsabilidad de los acusados; y  pedir la reparación económica integral por el daño que el delito ha causado, tal como lo estipula el Art. 432 del COIP.